¿Qué es el Registro Nacional de Administradores de Condominios?

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La Ley 21.442, establece la creación del Registro Nacional de Administradores de Condominios. Se trata de un registro de carácter obligatorio, único y gratuito, que excluye la existencia de registros similares en cualquier otra institución pública o privada. A continuación, te explicamos en detalle en qué consiste este registro y cómo puedes inscribirte en él.

¿Qué es el Registro Nacional de Administradores de Condominios?

El Registro Nacional de Administradores de Condominios es un sistema creado por la Ley 21.442 con el fin de regular la labor de los administradores de condominios en Chile. Es obligatorio para todas las personas que ejerzan el rol de administrador/a en un condominio, ya sea de forma gratuita o remunerada. La inscripción en este registro es válida en todo el país y su funcionamiento estará regulado por el correspondiente reglamento.

¿Qué información contendrá el Registro Nacional?

El Registro Nacional contendrá información detallada sobre los administradores inscritos, incluyendo su identificación (nombre, RUT), estado de la inscripción, tipo de inscripción (gratuito u oneroso, persona natural o jurídica), información de contacto, registro de sanciones, cursos y certificaciones declaradas. En el caso de las personas jurídicas, se incluirá la identificación del representante legal y la nómina de los administradores que prestan servicios.

¿Cómo inscribirse en la Plataforma del Registro Nacional de Administradores?

  1. Para inscribirse en el Registro Nacional de Administradores, primero ingresa a la página web www.minvu.cl
  2. Luego accede al sistema a través de tu Rut y ClaveÚnica.
  3. Posteriormente, completa la información solicitada y se adjunta la documentación correspondiente.
  4. Es fundamental asegurarse de ingresar correctamente el correo electrónico, ya que a través de este medio se solicitará corregir documentos si es necesario, o se notificará la aprobación o rechazo de la solicitud.
  5. Una vez aprobada, se podrá descargar el Certificado de Inscripción Vigente a través de la misma plataforma.

Plazo de inscripción

Las y los administradores tendrán un plazo de 18 meses para inscribirse, contados desde la publicación del Reglamento del Registro Nacional en el Diario Oficial.

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