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¿Sufres de ruidos molestos en tu condominio?

Vivir en comunidad tiene un montón de beneficios, pero también algunos costos. Quizá uno de los más importantes es la condición de lidiar con ruidos que, a veces, molestan. Si sufres de este problema frecuentemente, es necesario primero que entiendas que las personas tienen derecho a hacer sus cosas y esparcirse. En ese sentido, debes tener criterio respecto a si realmente te están pasando a llevar a ti y otros vecinos.

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Si no sabes la respuesta, te informamos lo que dice la Ley:

Los ruidos no deben superar los 55 decibeles desde las 07:00 hrs. hasta las 21:00 hrs., ni los 45 decibeles desde las 21:00 hrs. hasta las 07:00 hrs.

Si crees que tus vecinos están superando estos niveles, puedes hacer lo siguiente:

La sanción por ruidos molestos en los condominios (según la Ley N° 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria) es de 1 a 3 UTM. Además, los condominios suelen tener sus propias normativas y sanciones internas respecto a estos.

En última instancia de que nada de lo anterior haya dado resultado, te recomendamos asesorarte legalmente. Existen abogados especializados en copropiedad. ¡Suerte!