Debido a la pandemia provocada por el Covid-19, se ha hecho inviable la realización de las asambleas en los condominios y tanto los administradores como los propietarios constantemente están buscando la forma de reunirse sin caer en ilegalidades.
La actual Ley de Copropiedad, establece que tanto las Asambleas ordinarias como extraordinarias deben ser de carácter presencial, contar con un Quórum y los participantes deben ser de la misma comuna.
Entonces si las reuniones masivas no están permitidas y realizar asambleas de manera virtual es ilegal, ¿Existe alguna forma de que las comunidades puedan reunirse? la respuesta es sí.
Primero que todo, es importante saber la diferencia entre ambas asambleas:
Asambleas Ordinarias
Este tipo de reuniones se realizan habitualmente una vez al año, con el fin de conversar temáticas relacionadas con la Administración del edificio, el bienestar de los propietarios, rendir cuentas, dar a conocer intereses, adoptar cambios y acuerdos.
Eso sí, dichas modificaciones o decisiones que se tomen en esa instancia, no deben ser materia de asambleas extraordinarias.
Asambleas Extraordinarias
En este tipo de reuniones se da el espacio para hacer consultas acerca de las modificaciones del Reglamento de Copropiedad. Cambio de destino de las unidades del condominio, reconstrucciones, demoliciones, ampliaciones que se realizarán en el condominio, peticiones, gastos, inversiones, entre otras temáticas importantes.
Por este motivo, no tiene extensiones y se llevan a cabo cada vez que las necesidades del condominio lo exijan.
A continuación, daremos a conocer 3 consejos para que puedas validar de alguna forma las asambleas virtuales:
Solicitud de consulta por escrito
Esto se puede llevar a cabo, solicitando al Juez de policía local la aprobación de una consulta por escrito de Asamblea Ordinaria. Este tipo de consulta es una institución y un mecanismo que se indica en el Art.17 inciso Sexto de la Ley 19.537. Esta forma es legalmente válida, eso sí, para obtenerla debes dirigirte físicamente ante el juez de policía local.
Realizar las Asambleas por etapas
La idea es que el Comité en conjunto con el Administrador preparen una lista de temas para notificar a las unidades del condominio utilizando herramientas como Zoom, Meet o Skype. De esta forma, al momento de la votación todos los vecinos estarán informados y podrán ser citados en grupos reducidos.
Cabe recalcar que, es importante tener todo documentado y notificado ante los Copropietarios y residentes del condominio, además, todo esto debe ser explicado con fundamentos jurídicos.
Busca asesoría legal
Con la finalidad de que el proceso de las asambleas virtuales sea legal, es fundamental buscar un abogado o estudio jurídico que te oriente y entregue todas las herramientas necesarias. De esa manera, podrás tener una asamblea exitosa, correctamente fundamentada y documentada.
Mientras tanto, los administradores de edificios y las comunidades se encuentran a la espera de las modificaciones que tendrá eventualmente la normativa para poder realizar las asambleas ordinarias y extraordinarias de manera remota. Además, de permitir la utilización de recursos digitales por sobre la necesidad presencial del residente.
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